LEY 3954 - REZONIFICACION DE BARRACAS

En la sesión del 13.10.11 la Legislatura aprobó por unanimidad la Ley 3954 que limita las alturas de la nuevas obras en cuadras de casas bajas preservando las construcciones históricas del barrio.
Un trabajo conjunto de vecinos y legisladores desarrollado a lo largo de cuatro años que rinde sus frutos para Barracas y la Ciudad.

¡GRACIAS A LOS 5000 VECINOS QUE LO APOYARON CON SUS FIRMAS!

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sábado, 18 de julio de 2015

EL NORMAL Nº5 ES MONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL

El 13 de julio último, por decreto Nº 1288/2015, la Presidencia de la Nación a través del Ministerio de Cultura declaró Monumento Histórico Nacional al edificio de la Escuela Normal Superior Nº 5.

El valioso edificio construido en 1894 se constituyó en 1909 en la primera escuela de enseñanza media en el barrio de Barracas y contaba ya con catalogación con protección cautelar en virtud de la ley Nº 5216 de la Ciudad que impulsáramos desde Proteger Barracas durante todo el año pasado. A partir de ahora, pasa a tener una merecida categoría superior.

Se agrega así otro motivo de orgullo para Barracas, sumándose a la Iglesia de Santa Felicitas que fuera declarada Monumento Histórico Nacional  en julio de 2012.

* El Normal Nº 5 en la actualidad*

* La historia de la Escuela - fuente: Junta de Estudios Históricos de Barracas*

* La historia de la Escuela - fuente: Junta de Estudios Históricos de Barracas*

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domingo, 28 de junio de 2015

COTO PIDE LA TORRE, EL GOBIERNO DE LA CIUDAD SE LA PERMITE



Llevó –literalmente- años la definición del proyecto a construirse en el predio que ocupaba la antigua editorial Kraft, en av. Martín García al 700. Quienes siguen este blog encontrarán el seguimiento  a lo largo de los últimos años, desde el anuncio del primer proyecto del hipermercado Coto que respetaba parte del edificio original, luego la demolición masiva y ahora la construcción de un nuevo proyecto que incorpora una torre de 83 mts. de altura sobre la esquina con la calle Jovellanos destinada a oficinas y vivienda.

*probable imagen de la megatorre, altura 83 mts.*


La luz de alarma en el barrio se encendió al reemplazarse el cartel original de obra donde se indicaba el proyecto del año 2000 que mantenía la altura y volumetría del edificio existente por uno de simple “demolición total” en 2013. Luego, en 2014 apareció el cartel de obra nueva con el doble de superficie a construir. Lo sugestivo era que en ese cartel se omitía la altura proyectada de la obra. Luego de denuncias formuladas ante la DGFYCO se agregó el dato faltante y allí se develó por fin el misterio: se planeaba la torre de casi 30 pisos de altura.

*cartel con el proyecto original que respetaba la volumetría del edificio existente*

*luego fue reemplazado por el cartel de demolición total*

*el cartel de 2014 con el proyecto modificado donde se omitía indicar la altura máxima *

*el cartel actual con la altura proyectada, luego de las denuncias*


Según el Código de Planeamiento Urbano, la altura máxima permitida sobre la av. Martín García está en torno a los 45 mts. y el proyecto la duplicaba, por lo que tomó participación la Defensoría del Pueblo a través de su Secretaría de Derechos Urbanos.  La Defensoría solicitó la documentación a la DGROC y al recibirla constató el cambio de proyecto registrado en 2013 con la torre incluida. En su Resolución 31/15 de enero de este año, la Defensoría confirmaba el exceso de altura, cuestionaba el impacto ambiental del proyecto y pedía la participación de la DGIUR en la evaluación del caso. 


Mientras tanto, la obra avanzaba rápidamente en su etapa de estructura de hormigón armado.



Hace pocas semanas, la Defensoría recibió copia del dictamen 2214-DGIUR-2013 donde la Dirección Gral. de Interpretación Urbanística analizaba el nuevo proyecto aprobándolo. 



Utilizando un resquicio en el CPU  -el acuerdo 572-CPUAM-2004- la DGIUR aceptó la mayor altura mediante la aplicación de la “perforación de tangentes”, un tecnicismo que se ha utilizado en varias de la megatorres de Puerto Madero, por ejemplo.
Y si bien normativamente puede resultar admisible, los argumentos urbanísticos para aplicar la norma son realmente opinables:
Por ejemplo, indican que el nuevo edificio busca la “continuidad morfológica con el tejido existente”  y que se observa en las cuadras adyacentes “un  stock edilicio a sustituir a corto plazo”. En criollo, esto significa que la DGIUR prevé que las casas existentes en las cuadras cercanas sobre Martín García y Montes de Oca se demolerán prontamente y serán reemplazadas por nuevas torres. Si esto finalmente ocurriera, ninguno de los eventuales nuevos edificios podría superar los 45 mts. (alrededor de 15 pisos) con lo cual, la torre de Coto no sería “morfológicamente compatible” aún en esa situación futura hipotética.

Por otro lado, no existen en las cuadras vecinas terrenos que permitan aplicar la excepción, por tanto la torre sería disruptiva de todas maneras.
La acción de la Defensoría del Pueblo finalizó allí a pesar de que los planos enviados por la DGROC resultaban casi ilegibles no pudiéndose verificar los balances de superficies ni el FOT proyectado, y cuyas plantas inferiores, cortes y vistas no se correspondían con lo que se aprecia en la obra en construcción. Luego aceptó el dictamen de la DGIUR y sus argumentos.





En resumen, la megatorre avanza libremente, con el permiso del Gobierno de la Ciudad.


Y el barrio, indefenso.

*sin pausa, avanzan el hipermercado y la megatorre*


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