Casi 60 años.
58, para ser exactos, pasaron desde que
comenzó la obra en el terreno de Tacuarí 1873/79 con frentes a las calles
Finochietto e Ituzaingó al 700.
Iba a ser un gran edificio de viviendas
destinado a afiliados de la Confederación General de Empleados de Comercio y
había llegado a construirse la estructura de hormigón armado de subsuelos,
planta baja y primer piso cuando una de las tantas crisis económicas argentinas
lo frenó prácticamente en seco.
Allí quedó entonces, paralizada por más de una
generación entera mientras los hierros
se oxidaban y el hormigón se cubría de manchas de humedad hasta hace pocas
semanas cuando los vecinos percibieron movimientos inusuales. En pocos días se colocaron pantallas
protectoras de obra y luego apareció el cartel reglamentario con la información
de la construcción a iniciarse.
Para sorpresa de todos, los datos indican una
edificio de alrededor de 17 pisos que no cumple con las normativas urbanísticas
actualmente vigentes en la zona. Como si el cartel hubiese viajado en el
tiempo, muestra indicadores de
planeamiento que ya no rigen porque fueron modificados entre 2011 y 2012.
Por ejemplo,
En el cartel se indica zonificación de
distrito R2aII con FOT 3,46+25%= 4,325 cuando en 2011 la ley 3954 la modificó a
R2bI y la ley 4910 anuló el agregado del 25% en 2012, con lo cual el FOT
vigente es 1,6.
En criollo, eso significa que:
Cuando se pretende construir una superficie de
22.875 m2, la norma actual permite un máximo de 4.105 m2
Donde se prentende construir una altura de
52,28 mts. (17 pisos), en realidad se permiten hasta 21 mts. (7 pisos).
Como si fuera poco, el cartel anuncia que se
trata de “Obra nueva, modificación y ampliación del expediente 38231/58”,
cuando el Código de Edificación en su art. 2.1.5.2 establece que “Cuando la Dirección comprueba que
una obra quedó paralizada durante seis (6) meses por la no ejecución de
trabajos constructivos y/o de instalaciones dejará constancia del estado en que
se encuentra y la declarará "Paralizada" después de verificar que lo
realizado conforma las disposiciones en vigencia” ¡Y aquí pasaron más de 50
años!
Luego, el art. 2.1.5.3 dice que “la
reanudación del trámite se acordará siempre que a la fecha de la solicitud no
hayan variado las normas vigentes al momento de la iniciación del legajo o
actuación y el proyecto se ajusta a las
normas vigentes al momento de pedir la reanudación.” Claramente, aquí variaron
las normas y bastanteLo llamativo del caso es que se indica un número de expediente de obra y
permiso otorgado por la Dirección Gral. De Registro de Obras y Catastro (DGROC)
en abril de 2016. Si la intervención
oficial es efectivamente cierta, podría tratarse de una situación aún más
grave.Resumiendo, según nuestra apreciación la torre de 17 pisos que se pretende construir en Tacuarí al 1800 estaría en gran contravención al Código de Planeamiento Urbano y al Código de Edificación.
Todo es tan confuso y extraño que la Defensoría del Pueblo de la C.A.B.A. a través de su Subsecretaría de Derechos Urbanos y Ambientales abrió una actuación con trámite urgente para determinar la legalidad de la obra.
Mientras tanto, la preocupación crece entre los vecinos, quienes vemos con buenos ojos que finalmente se reactive pero con preocupación porque se respete la ley y el entorno del barrio.
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2 comentarios:
El dato del cartel es muy extraño.
Aún con el FOT de 4.2 que en realidad
no está vigente, nunca podrían llegar
a los 22 mil metros cuadrados que ponen ahí.
No llegan ni a palos, es bastante extraño,
como si lo hubiera pensado alguien que no
sabe multiplicar, ademas de ignorar las normas...
Es cierto. La cuenta con la superficie en el cartel daría un FOT de casi 9.
Aún sumando en la superficie total las áreas no computables para FOT es muy difícil llegar a esa proporción del 50%. Totalmente antieconómico, lo cual haría inviable el desarrollo.
Una irregularidad que se suma a las otras.
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